Atribuciones

Estatuto General UDG Art 126. Coordinación de Investigación: responsable de la planeación, operación, evaluación y difusión de los proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico que estén bajo la responsabilidad del Centro.

Estatuto Orgánico del Centro Universitario del Sur.

Artículo 31. Artículo 32. Son funciones y atribuciones de la Coordinación de Investigación del Centro Universitario del Sur, las siguientes:

  1. Proponer políticas, criterios y prioridades para el desarrollo de la investigación en el ámbito de la competencia del Centro;
  2. Promover la vinculación de las actividades de investigación que se realizan en el Centro con los demás Centros Universitarios, con el entorno social, regional, nacional e internacional;
  3. Integrar las propuestas de programas de investigación mismas que deberán ser avaladas por los Directores de División y Jefes de Departamento correspondiente;
  4. Formular el proyecto del Programa de Desarrollo de la Investigación del Centro;
  5. Integrar los informes de evaluación de los proyectos de investigación que emiten los órganos colegiados y personales del Centro;
  6. Apoyar el seguimiento y evaluación de los programas de investigación;
  7. Apoyar a los académicos del Centro para que los proyectos de investigación contengan los requisitos mínimos, que establece la normatividad universitaria, antes de ser sometidos a evaluación por la autoridad académica competente;
  8. Dar seguimiento, en el ámbito de su competencia, a la ejecución del Programa de Desarrollo de la Investigación que apruebe el Consejo del Centro;
  9. Integrar la base de datos con la información necesaria para el desarrollo de la investigación y del posgrado en el Centro;
  10. Conformar el padrón de investigadores en el área respectiva, para que en su oportunidad funjan como asesores técnicos, para dictaminar sobre algún proyecto de investigación;
  11. Difundir los proyectos de investigación y de desarrollo tecnológico del Centro;
  12. Gestionar los apoyos para el desarrollo de la investigación en el Centro; y
  13. Las demás que determine la normatividad universitaria.